La alcaldesa tránsfuga del Ayuntamiento de Quer, la exconcejal del PP Gema Cañones, dio cuenta al pleno celebrado en la noche de ayer martes de las nuevas delegaciones y atribuciones de los concejales, tras la moción de censura que desbancó de la Alcaldía al exedil popular José Miguel Benítez, el pasado 23 de enero.
Según han informado fuentes municipales en un comunicado, la nueva distribución de competencias municipales establece las áreas de Deportes y Nuevas Tecnologías bajo la delegación de la concejal tránsfuga del PP, Verónica Beloso; las áreas de Festejos y Cultura a cargo de la concejal del PSOE Laura Medina; y las competencias de Educación, Infancia y Juventud, Bienestar e Igualdad, Medio Ambiente y Transporte en el también concejal socialista Jorge Paris.
La edil tránsfuga del PP y ahora alcaldesa, Gema Cañones, queda al frente de las concejalías de Personal, Hacienda, Urbanismo, Obras Públicas, Gobierno, Administración Municipal y Servicios Generales.
Asimismo, Cañones, que seguirá cobrando los 30.000 euros anuales que percibía antes de la moción de censura y que legalmente no puede subirse salvo el IPC, dio cuenta al pleno de que ha designado a los socialistas Jorge París como primer teniente de alcalde, con otros 30.000 euros de sueldo (antes de la moción no percibía nada) y a Laura Medina segunda teniente de alcalde. A esta última no se ha asignado sueldo al percibir una prestación por incapacidad, por lo que cobrará las dietas por asistencia a plenos y comisiones.
Dejarán de percibir sueldo el anterior primer teniente de alcalde, Lauren Morales (PP), cuyo importe, 30.000 euros, lo cobrará ahora París, y Concepción Bargiela (también del PP), si bien los 22.000 euros que esta cobraba de momento no se han asignado ya que la ley prohíbe a los ediles tránsfugas, como Beloso, mejorar su situación económica, y esta no cobraba sueldo antes de la moción por lo que tampoco puede hacerlo ahora.
En la misma sesión plenaria se acordó la designación de los representantes del Ayuntamiento de Quer en distintos consorcios, mancomunidades y entidades.

Así, Jorge Paris ejercerá como titular en el Consorcio Energético de la Campiña, con Gema Cañones como suplente. En el Consorcio para la Gestión de Residuos Urbanos de la provincia de Guadalajara, la titular será Gema Cañones y la suplente Verónica Débora Beloso.
Asimismo, Gema Cañones fue designada como titular en el Consorcio para el Servicio de Prevención, Extinción de Incendios, Protección Civil y Salvamento, con Verónica Beloso como suplente; y Cañones también como titular en la Mancomunidad de Aguas del Sorbe, MAS, con Jorge Paris como suplente. Por tanto, el exalcalde Benítez deja de ser vocal y vicepresidente de esta entidad. Benítez no cobraba del Ayuntamiento en su calidad de alcalde porque cobraba de la mancomunidad como vicepresidente. Ahora, tras su cese como vocal, previsto para la próxima asamblea de la MAS, no percibirá ningún sueldo ni del Ayuntamiento, que tampoco percibía antes, ni de la mancomunidad, al ser cesado como vocal de la misma por el nuevo equipo de Gobierno municipal de Quer.
En la Mancomunidad Vega del Henares y en la Asociación para el Desarrollo de la Alcarria y la Campiña (ADAC), la representación titular corresponderá a Laura Medina, siendo suplente Jorge Paris. En el Consejo Escolar del Colegio Público Villa de Quer, el titular será Jorge Paris y la suplente Laura Medina.

Por último, en la Federación Española de Municipios y Provincias y en la Federación de Municipios y Provincias de Castilla-La Mancha, la titular será Verónica Beloso y la suplente Gema Cañones.
Un mandato de año y medio que va a estar judicializado
Gema Cañones, la edil tránsfuga del PP y nueva alcaldesa de Quer, va a tener por delante un año y seis meses de mandato, hasta mayo de 2027 en que se celebrarán nuevas elecciones municipales, bajo la espada de Damocles de la Justicia.
Así lo ha anunciado en el pleno el ya exalcalde, José Miguel Benítez, quien ha dicho que ya está en manos de sus abogados presentar la oportuna demanda judicial ante la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo por el nombramiento de una edil tránsfuga para el cargo de alcaldesa.
Benítez ha recordado que la jurisprudencia y la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, LRBRL, impide a los ediles tránsfugas, como Cañones, mejorar sus derechos políticos o económicos gracias a una moción de censura, tal y como informó este diario el pasado 14 de enero.
Y es que Cañones ha pasado gracias a esta moción de teniente de alcalde a alcaldesa, algo prohibido de forma taxativa en el artículo 73.3º párrafo tercero de la LRBRL, que impide a los ediles no adscritos que tienen la condición de tránsfugas -por haber concurrido en otra lista electoral y haberla abandonado o haber sido expulsados del partido-, obtener ningún tipo de beneficio que no tuvieran antes de abandonar la formación por la que resultaron elegidos.
‘Los derechos económicos y políticos de los miembros no adscritosno podrán ser superiores a los que les hubiesen correspondido de permanecer en el grupo de procedencia, y se ejercerán en la forma que determine el reglamento orgánico de cada corporación‘, señala dicha ley según ha podido confirmar este diario.
Es decir, Cañones no debería poder ejercer un derecho político superior, esto es, pasar de teniente de alcalde a alcaldesa, al prohibirlo dicha ley al ser considerada por la ley una edil tránsfuga, tal como viene recogido en el Pacto antitransfuguismo firmado por PP y PSOE en 1998, y al que se sumaron la mayoría de formaciones políticas.
Tan solo podría seguir como teniente de alcalde en un equipo de Gobierno que no podría presidir ella, ella como ha anunciado en la moción presentada. Pero tampoco podría ser alcaldesa la otra edil tránsfuga del PP, Verónica Débora Beloso, firmante también de la moción junto a Cañones y los dos únicos ediles del PSOE en Quer, Jorge París y Laura Medina.

Es más, Beloso ni siquiera podrá ser nombrada teniente de alcalde, ni podrá tampoco tener sueldo alguno, ya que hasta ahora era la única concejal del equipo de Gobierno del PP que no ostentaba ese cargo ni cobraba de las arcas municipales, por lo que no podrá hacerlo tampoco a partir de la moción de censura aprobada hoy viernes.
Una sentencia del Tribunal Supremo anuló el nombramiento de una tránsfuga
Este artículo 73.3 párrafo tercero de la LRBRL, en vigor actualmente, fue reforzado jurídicamente tras la sentencia del Tribunal Supremo de 16 de diciembre de 2020, por el que rechazaba el recurso de casación de una edil tránsfuga de Ciudadanos que había sido expulsada de esta formación por votar como alcalde al cabeza de lista de Compromís, en vez de a la candidata del PP, que había ganado las elecciones, pero a falta de un concejal para la mayoría absoluta.
Este voto a Compromís provocó que su partido la expulsara, por lo que se pasó al grupo de No Adscritos, momento en el que el nuevo alcalde la nombró primer teniente de alcalde y delegada de Seguridad, nombramiento que fue recurrido por la candidata del PP al entender que había obtenido ese cargo tras falsear la confianza que los electores y su partido habían depositado en ella al haber apoyado al candidato de Compromís.
El juzgado de lo Contencioso de Valencia dio la razón a la portavoz del PP y anuló el nombramiento de la edil tránsfuga para el cargo de primer teniente de alcalde, sentencia que fue posteriormente confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de esta comunidad autónoma.
Presentado por la concejal tránsfuga de Ciudadanos el oportuno recurso de casación ante el Supremo, este confirmó las sentencias anteriores y dispuso que la edil tránsfuga no puede obtener mejoras políticas ni económicas que no tendría de haber continuado en la formación por la que se había presentado.
‘El pase a la condición de concejal no adscrito, como consecuencia o por razón de un supuesto de transfuguismo, sí impide que se asuman cargos o que perciban retribuciones que antes no ejercía o percibía e impliquen mejoras personales, políticas o económicas. Queda excluida de esta limitación la incorporación a las comisiones informativas‘, concluye la sentencia del Tribunal Supremo de 16 de diciembre de 2020.
El Constitucional permitió a los tránsfugas firmar mociones de censura
A pesar de todo lo anterior, en el que un edil tránsfuga no puede mejorar sus derechos políticos o económicos, sí es posible que un tránsfuga apoye a un tercero no tránsfuga firmando una moción de censura, algo prohibido hasta junio del año pasado.
Y este cambio legal ha sido posible gracias a una sentencia del Tribunal Constitucional presidido por Cándido Conde Pumpido, del pasado 10 de junio de 2025, según la cual ya está permitido que concejales tránsfugas que se presentaron en las mismas listas que el alcalde a censurar puedan ahora firmar la moción, situación que antes no estaba permitida en la ley aprobada para luchar contra la corrupción política y que los ediles tránsfugas decidieran el destino de los Ayuntamientos.

Ahora, según el Constitucional, el hecho de limitar la firma de las mociones de censura a los ediles tránsfugas ‘no se trataría ya solo de una limitación de la facultad individual del control del concejal desleal con su alcalde, sino de la desaparición radical de un mecanismo de control político en el ámbito municipal que afecta no sólo al concejal que forme o haya formado parte del grupo municipal del alcalde, sino a todos los que integran los grupos minoritarios en el ayuntamiento. En estos casos, la posibilidad de que estos últimos apoyen una moción de censura es meramente nominal y priva sus apoyos de efecto alguno’.
No obstante, aunque esta sentencia sí permite firmar mociones de censura a los ediles tránsfugas, algo antes no permitido, no les habilita para ejercer cargos superiores a los que tenían antes de la moción ni a cobrar un dinero que antes no cobraban. Solo pueden mantener lo que ya tenían.
Con esta sentencia en la mano, el PSOE de Guadalajara dirigido por Pablo Bellido se pudo hacer con la Alcaldía de Tórtola de Henares gracias a otra edil tránsfuga del PP.
El PP arrasó en las municipales de 2023 con el 58% de los votos
El municipio de Quer estaba hasta el pasado 223 de enero gobernado por el PP, que en las elecciones municipales de mayo de 2023 obtuvo mayoría absoluta con más del 58% de los votos y consiguió 5 ediles de 7: José Miguel Benítez, alcalde; Laureano Morales, actual primer teniente de alcalde; Gema Cañones Ordóñez, segunda teniente de alcalde; Edgard Delgado, que posteriormente renunció al cargo de concejal; María Concepción Barguiela, tercer teniente de alcalde; y Verónica Beloso, que ocupaba el puesto número 6 en la lista y entró por Delgado.
Por el PSOE salieron elegidos dos concejales, que en la actualidad son Jorge París y Laura Medina, esta última en lugar de la que se presentó como cabeza de lista, Belén Casanova, que había renunciado.
Hasta ahora, los ediles con sueldo del Ayuntamiento eran el primer teniente de alcalde, Laureano Morales, con 30.000 euros; la segunda teniente de alcalde, Gema Cañones, con otros 30.000; y la concejal Concepción Bargiela, 22.000 euros.
El alcalde, José Miguel Benítez no percibía retribución alguna del Ayuntamiento al cobrar el sueldo que le corresponde como vicepresidente de la Mancomunidad de Aguas del Sorbe, situación que va a cambiar ahora tras haber sido cesado como representante de Quer en dicha mancomunidad para ser nombrada Cañones.
El Heraldo del Henares
