viernes , 3 abril 2026
Imagen de archivo del aula de un centro educativo

Un juez absuelve a unos padres que pedían más nivel educativo a la profesora de matemáticas de su hijo y esta los denunció por ‘acoso’: ‘Todo progenitor tiene derecho a defender los intereses de sus hijos cuando considere que sus derechos académicos están siendo vulnerados’

Un juez ha absuelto de un delito leve de coacciones a los padres de un alumno al entender que la actuación de los mismos respecto a una profesora de Matemáticas que los había denunciado por ‘acoso’ porque habían organizado concentraciones para pedir un mejor nivel educativo en su clase.

En la sentencia, el magistrado de instrucción número 1 de Orense explica que estaban acusados de haber orquestado una campaña de acoso contra una profesora, pero que tras analizar las pruebas testimoniales y documentales, concluye que no se acreditaron las acusaciones de desprestigio o humillación profesional hacia la docente.

De esta forma, indica que las acciones de los denunciados, que incluyeron la organización de una concentración y la distribución de pasquines, se enmarcan en el ejercicio de la libertad de expresión, pues afirma que no se demostró que se hubiera ejercido violencia o intimidación, según han informado fuentes del Poder Judicial en un comunicado.

De hecho, subraya que los pasquines “no van dirigidos contra ella ni tienen un contenido ofensivo, injurioso o vejatorio”, pues “simplemente ponen de manifiesto su descontento con la forma en la que la dirección del centro estaba gestionando un problema planteado con la forma de impartir clases de una profesora”.

Por ello, asegura el juez, no puede entenderse que la manifestación y la colocación de dichos pasquines “supongan una vulneración del ordenamiento jurídico penal y, mucho menos, que atenten contra la libertad de una persona”. 

Pedir mejor educación para los hijos no es delito aunque moleste al profesor

Antes, al contrario, debe entenderse que todo progenitor tiene derecho a defender los intereses de sus hijos cuando consideran que estos derechos están siendo vulnerados a nivel académico y el hecho de que hablen con la directora o que se ponga en contacto con el inspector de educación en nada puede considerarse una conducta delictiva con independencia de que esto pueda molestar o incomodar a la afectada‘, continúa el juez.

Este juzgador entiende que lo que se ha producido es una fuerte discrepancia entre padres de alumnos y una profesora por la forma en la que esta impartía las clases y que la dirección del centro no supo gestionar de forma totalmente adecuada”, explica el magistrado en el fallo, en el que señala que, a partir de ese momento, “los padres acudieron a vías externas de naturaleza no educativa para intentar hacer oír su voz”. 

En la resolución, destaca que “lo único que pretendían es hacer ver lo que consideraban un problema grave, pero en ningún caso se puede considerar que dicha conducta estuviese orientada a coartar la libertad de la denunciante obligándola a realizar algún tipo de conducta contraria a su voluntad, y ello con independencia de que, efectivamente, pudiese haberse sentido muy violenta, incómoda y molesta por dicha situación”

Así, señala que “ninguna prueba se ha practicado en el acto del juicio a la hora de acreditar cualquier acusación de contenido falso o cualquier actuación que buscase el desprestigio y la humillación profesional de la denunciante”.

La sentencia no es firme, pues cabe presentar recurso de apelación.

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