viernes , 4 julio 2025

El Ayuntamiento de Guadalajara aprueba una nueva moratoria en la aplicación de sanciones de la Zona de Bajas Emisiones hasta abril de 2026 mientras se resuelve el nuevo pliego de estacionamiento regulado y controlado

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Guadalajara ha aprobado hoy, en sesión ordinaria, una modificación de la Ordenanza Reguladora de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE), que establece una nueva moratoria en la imposición de sanciones hasta el 30 de abril de 2026.

Durante este periodo, aunque la ordenanza sigue en vigor y las cámaras de control están operativas, no se aplicarán multas a los vehículos que incumplan las restricciones, según han informado fuentes municipales en un comunicado.

Al igual que la primera moratoria, aprobada en octubre de 2024, esta decisión viene motivada por la necesidad de aplicarla el régimen sancionador de la ZBE en paralelo al nuevo pliego de estacionamiento regulado y controlado.

¿Qué es y cómo afectará a los conductores la ZBE de Guadalajara?

La ZBE de Guadalajara afecta a una superficie de 718.000 m2 y está delimitada por el perímetro comprendido por el paseo Fernández Iparraguirre, La Carrera, avenida de Barcelona, calle Córdoba hasta la avenida de Aguas Vivas, sube por el lateral del Barranco del Alamín, plaza de España, avenida del Ejército y Cardenal González de Mendoza para conectar de nuevo con el paseo de las Cruces.

No obstante, fuentes del Ayuntamiento de Guadalajara informaron en su momento que las anteriores calles que limitan la zona no están afectadas por la ZBE.

A la ZBE tienen permitida la entrada a todos los vehículos que tengan etiqueta otorgada por la DGT, es decir, todos los vehículos con etiqueta 0, eco B y C, pero en la que se establecen restricciones de acceso a determinados vehículos, con el objetivo de mejorar la calidad del aire y reducir la emisión de gases de efecto invernadero, que afecta a los que carecen de etiqueta medioambiental dispensada por la DGT, es decir, los vehículos de gasolina anteriores al año 2000 y los diésel anteriores al 2006.

Además, estos meses, hasta su aplicación total en 2025 (entonces ya con carácter sancionador), servirán para que el ciudadano se habitúe y esté informado.

En todo caso, todos los vecinos que vivan en la Zona de Bajas Emisiones, así como los comercios y todos los trabajadores, están exentos de las restricciones.

De hecho, el Ayuntamiento dará de alta de oficio en la plataforma digital de la ZBE las matrículas de los vehículos con domicilio fiscal en la zona y el resto de los vehículos con excepciones, pueden darse de alta en la web municipal desde el pasado 1 de mayo.

No obstante, hay vehículos que están exentos de las restricciones de circulación de la ZBE, independientemente de su etiqueta medioambiental, que son:

  • Vehículos cuyos titulares estén empadronados en la ZBE, con o sin etiqueta.
  • Vehículos destinados al traslado de personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
  • Vehículos de propietarios, no empadronados, de plazas de garaje particular.
  • Vehículos de arrendatarios de plazas ubicadas en la ZBE.
  • Vehículos de personal trabajador en el ámbito de la ZBE.
  • Vehículos asociados a comercios, bares y restaurantes.
  • Vehículos de clientes de plantas alojativas.
  • Vehículos de servicios médicos a domicilio.
  • Vehículos de Emergencias.
  • Vehículos de transporte de viajeros.
  • Proveedores de servicios.
  • Vehículos industriales para carga y descarga.
  • Vehículos para dejar o recoger alumnos de Educación Infantil, Primaria y Secundaria en los centros educativos de la ZBE.
  • Ciclomotores.
  • Libre paso por el Eje Cultural.

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