martes , 30 abril 2024
Víctor San Vidal

La Audiencia Provincial de Guadalajara absuelve libremente al alcalde de Fontanar de los delitos de prevaricación y malversación en una sentencia con dures reproches a la Fiscalía: ‘Las dudas generadas de las pruebas practicadas a su instancia… que conducen a sembrar serias dudas, en vez de arrojar luz ‘

La Audiencia Provincial de Guadalajara ha absuelto al alcalde de Fontanar, Víctor San Vidal, de los delitos de prevaricación administrativa en concurso con otro de malversación de caudales públicos y, subsidiariamente, de un delito de prevaricación administrativa en concurso con un delito de fraude a la Administración Pública de los que había sido acusado por el Ministerio Fiscal por supuestamente haber adjudicado de forma irregular unas obras a una empresa.

Por estos delitos, el fiscal pedía para San Vidal hasta cuatro años de cárcel y nueve de inhabilitación para ejercer cualquier cargo público, en el escrito de conclusiones provisionales presentado al juicio que tuvo lugar el martes 25 de octubre en la Audiencia Provincial de Guadalajara.

Según el escrito de acusación del que ya informó en sí momento EL HERALDO DEL HENARES, San Vidal sería responsable de un delito de prevaricación administrativa en concurso con otro de malversación de caudales públicos y, subsidiariamente, para el caso de que el tribunal no aceptara la malversación, el fiscal acusa también al primer edil de un delito de prevaricación administrativa en concurso con un delito de fraude a la Administración Pública.

De ambos delitos, el Ministerio Público también hacía responsable a la administradora única de la empresa W. T. L. Soluciones Integrales SL, M. A. J. B., para la que pedía igualmente cuatro años de cárcel y nueve años de inhabilitación para contratar con las Administraciones Públicas, tiempo en el que tampoco podría gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social.

Fachada de la Audiencia Provincial de Guadalajara, sede también de la Fiscalía. Fotografía de Cuka Leyre

Pues bien, según la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Guadalajara y a la que ha tenido acceso este diario, tanto San Vidal como la administradora única de la empresa WTL han sido absueltos libremente de los delitos de los que habían sido acusados por el fiscal.

La Audiencia reprocha a la Fiscalía las pruebas practicadas

De hecho, según la sentencia, la propia Audiencia reprocha al fiscal la deficiente búsqueda de pruebas para condenar a los acusados: ‘La falta de certeza objetiva sobre un hecho del que dependa la condena será determinante de la absolución, lo que aplicado al presenta caso determina la plena vigencia de dicho derecho constitucional por las dudas generadas de las pruebas practicadas a instancia de la acusación pública, dado que, de las diligencias de prueba practicadas, no puede llegarse a extraerse las conclusiones impetradas por el Ministerio Fiscal, pues, en suma, no se ha podido llegar a la necesaria convicción para declarar la culpabilidad de los acusados por este concreto delito de malversación de caudales públicos puesto que no se ha considerado probado ese desfase entre el importe de las obras ejecutadas y las presupuestadas inicialmente y que ello se hiciera por parte de ambos para enriquecerse‘.

Es más, la magistrado juez ponente de la sentencia, la propia presidenta de la Audiencia, Isabel Serrano Frías, asegura en su resolución que ‘valorada la prueba desarrollada previamente, ha de señalarse que no se ha practicado en el acto del juicio oral prueba alguna que, con el carácter de objetiva y directa, permita apreciar la existencia de elementos de juicio que, en grado de certeza plena, revelen la realidad de los delitos imputado por la Acusación, ni tan siquiera indicios con entidad suficiente como para concluir que nos encontramos ante los delitos objeto de acusación‘.

Además, el tribunal cierra sus reproches a la Fiscalía tras señalar que ‘la práctica, insistimos, de la prueba practicada en el plenario, en la forma que determina el art. 741 de la LECr., conducen a sembrar serias dudas, en vez de arrojar luz sobre la realidad misma del relato fáctico que conforma la acusación sostenida por el Ministerio Fiscal que, como señalamos en el factum , no puede darse como probado‘.

El tribunal recuerda varias veces en su sentencia que una cosa son las ‘irregularidades administrativas‘ y otra el ‘dolopara considerar que haya delito en la actuación de los acusados, ya que ‘para que una acción sea calificada como delictiva será preciso algo más, que permita diferenciar las meras ilegalidades administrativas, incluso aunque pudieran dar lugar a la nulidad de pleno derecho, y las conductas constitutivas de infracción penal‘.

Por todo ello, la Audiencia Provincial absuelve libremente tanto al alcalde de Fontanar como a la administradora única de la empresa W. T. L. Soluciones Integrales SL, M. A. J. B., de los delitos de prevaricación administrativa y malversción de caudales públicos de los que habían sido acusados.

La sentencia aún no es firme y podrá ser recurrida tanto por los acusados absueltos como por la Fiscalía o la Acusación Particular, representada en este caso por dos ediles de Ahora Fontanar, ahora transformado en Unidas Podemos.

San Vidal: «Por fin se ha hecho justicia, se ha confirmado que era una persecución política»

Víctor San Vidal

Nada más conocer la sentencia absolutoria, el alcalde de Fontanar, Víctor San Vidal, ha señalado a EL HERALDO DEL HENARES y en su propia red social que «Por fin, se ha hecho justicia. Hemos conocido que la Audiencia Provincial de Guadalajara ha declarado mi INOCENCIA. Han confirmado lo que desde un principio era un clamor: la persecución política contra mi persona que se inició hace ya cinco años», en relación al momento en que abandonó las filas del PSOE para formar un partido independiente.

«Pensar y opinar de forma independiente, sin permitir ser manipulado y en beneficio de mis vecinos/as parece que no está bien visto en política. Cinco años bajo la “pena de banquillo”, expuesto a informaciones manipuladas a las que me han sometido injustamente», añade el alcalde.

«Mi compromiso con el servicio público ha sido y es firme, y no han conseguido ni conseguirán doblegarlo. Queda camino por recorrer pero con el apoyo y cariño que mis vecinos/as me han demostrado desde el primer momento, se hace más llevadero. Seguiré trabajando y demostrando, una vez más y las veces que hagan falta, que la honradez de mi equipo y la mía propia está por encima de todo», continúa diciendo San Vidal.

Concluye el alcalde de Fontanar señalando que «fnalizo, reflexionando acerca de que lo realmente grave no es que hayan intentado hacer daño a “Víctor”, sino que lo realmente inadmisible es que hayan intentado “quitarse del medio” a un representante público elegido mayoritariamente y, por tanto, hayan atentado contra la propia ciudadanía. Ahora me pregunto, ¿quién restituye todos los daños morales y de imagen de sentirte cuestionado y señalado sabiendo- además- que no has hecho nada ilegal? Y, sobre todo, ¿quién repara el daño que han causado a mi familia, amigos y a mí mismo? Por suerte, no soy una persona que guarde rencor ni odio pues el perdón no es un privilegio del que lo pide, sino del que lo otorga, pero en política y en la vida… ¡no todo vale!».

Una instrucción de cuatro años que inició Ahora Fontanar y a la que se sumó el fiscal

El inicio de esta investigación se remonta a noviembre de 2018, cuando dos concejales de Unidas por Fontanar, antes Ahora Fontanar, interpusieron una denuncia contra el alcalde de Fontanar por la adjudicación y ejecución de las obras del Sector 4.

Según los hechos descritos por el fiscal, en el año 2006 se iniciaron las obras del proyecto de urbanización del sector 4 de las normas subsidiarias de Fontanar, que fueron adjudicadas a la empresa Procodeur Promociones Urbanas S.A.

Dichas obras no llegaron a recepcionarse por el Ayuntamiento, a la vista del informe desfavorable del Técnico Municipal de fecha de 21 de marzo de 2012, que señaló que las mismas no se encontraban completamente terminadas, motivo por el cual el Ayuntamiento ejecutó el aval que garantizaba la correcta finalización de las obras por importe de 59.116,68 euros.

En marzo de 2017, San Vidal, que había sido entonces elegido alcalde en las filas del PSOE, inició el expediente para la terminación de las obras del sector 4, encargando a la funcionaria-arquitecta del Ayuntamiento, V.S.V., la confección de una memoria valorada de las obras pendientes de realizar.

En dicha memoria se señalaban las obras que faltaban por ejecutar conforme al proyecto de urbanización visado en 2006, consistentes en ajardinamiento de rotonda y zonas verdes, red de riego en zonas verdes, dotación de mobiliario urbano, instalación de una nueva rejilla de alcantarilla, puesta a punto de los 8 contadores de electricidad, instalación de 30 armarios y contadores de agua y colocación de 8 señales de paso de peatones, 2 ceda el paso y 1 prohibido el paso, así como relleno y sellado de las grietas de la calzada.

Estos trabajos pendientes de realizar fueron cuantificadas en 59.444,05 euros, incluido el IVA, gastos generales y beneficio industrial, por lo que en fecha de 11 de mayo de 2017, San Vidal solicitó por escrito informe a la secretaria-Interventora, A.M.C.C., sobre el procedimiento a seguir, para la ejecución de las obras de terminación del Sector 4.

En dicho informe se hacía constar que, atendido el precio del contrato que asciende a 49.127,32 euros y 10.316,74 euros de IVA, la contratación y tramitación del expediente corresponde al alcalde, al no superar el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto, ni, en cualquier caso, los seis millones de euros.

Imagen del Ayuntamiento de Fontanar

Asimismo, según la Interventora, al tratarse de un contrato menor de obras podría adjudicarse directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar suficiente y que contara con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación, ‘de acuerdo con el artículo 138 del TRLCSP, de 14 de noviembre de 2011, vigente a la fecha de los hechos’.

 A pesar de lo anterior, en el informe de la Interventora se recomendaba, ‘para garantizar los principios de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia de los procedimientos, se soliciten tres ofertas, siempre que sea posible’.

Se señalaba en el informe de la Interventora también que la tramitación del expediente de los contratos menores exigirá la aprobación del gasto y la incorporación al mismo de la factura correspondiente, que deberá reunir los requisitos de las normas de desarrollo de esta Ley.

En el contrato menor de obras, debería añadirse, además el presupuesto de las obras, sin perjuicio de que deba existir el correspondiente proyecto cuando normas específicas así lo requieran.

El Fiscal, a la vista de estos hechos, presentó escrito de acusación contra San Vidal y M.A.J.B. al entender que el primero le adjudicó a la segunda directamente la ejecución de las obras de terminación del Sector 4, a pesar de que la misma no tenía experiencia alguna en obras de urbanización ni cualificación profesional adecuada para la ejecución de las misma’.

Expectación frente al Ayuntamiento durante el registro judicial

El Ministerio Público, además de las penas de prisión e inhabilitación profesional, había solicitado para los acusados que indemnizaran de forma conjunta y solidariamente a las arcas públicas del Ayuntamiento de Fontanar con la cantidad de 24.533,59 euros, con la responsabilidad civil subsidiaria de la empresa WTL Soluciones Integrales SL, responsabilidad que tras ser absueltos no tendrán que abonar.

Esta era una de las causas que tenía pendientes de responder en juicio como acusado el actual alcalde independiente de Fontanar, Víctor San Vidal, antes en las filas del PSOE.

En un segundo procedimiento por otros hechos, aún en fase de intrucción, San Vidal fue detenido en una intervención de la Guardia Civil  a instancias de la Fiscalía, con aviso a algunos medios de comunicación para retransmitir en directo la operación, que se llevó a acabo en el ayuntamiento en julio de 2019.

En esa causa también se le acusa de haber cometido los delitos de malversación, falsificación de documento público y otros delitos relacionados con la corrupción. Fue luego puesto en libertad tras declarar en el juzgado.

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