El Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha, TSJCLM, ha admitido en parte el recurso interpuesto por el exalcalde de Fontanar (Guadalajara), Víctor San Vidal, y ha rebajado la pena que le impuso la Audiencia Provincial de Guadalajara de cinco a dos años de prisión, pena máxima por la que un condenado ya puede solicitar la suspensión de la misma para, si lo acepta el juez, no ingresar en un centro penitenciario.
Según la sentencia de 46 folios a la que ha tenido acceso EL HERALDO DEL HENARES, el TSJCLM rebaja de cinco a dos años de prisión la pena que se le impuso por un delito continuado de malversación de caudales en concurso con delito de falsedad en documento oficial cometido por autoridad o funcionario público, ambos en su modalidad de delito continuado, ya que solo le condena por el primer delito y lo absuelve por el de falsedad.
No obstante, el tribunal señala en su sentencia que se fija la pena (de malversación) en su grado máximo ‘teniendo en cuenta la reiteración de la conducta y el hecho de que, en cuanto al aprovechamiento de las recaudaciones en metálico en cantidades no cuantificadas que se reflejan en los hechos probados en beneficio de reo haya conllevado la aplicación del subtipo atenuado, no ha de impedir su consideración, a la hora de ponderar la entidad y gravedad de la conducta, a los efectos de determinación de la pena‘.
La sentencia del Alto Tribunal castellanomanchego, de la que ha sido ponente la magistrada María Pilar Astray Chacón, justifica la absolución del San Vidal del delito de falsedad en documento, en base a que ‘la presentación de facturas que se han revelado existentes, para reclamar y favorecerse con un endoso, cuando no había anticipado su importe es un acto defraudatorio, consumando la apropiación con la incorporación a su patrimonio mediante las transferencias que de las arcas municipales le era realizada a
su propia cuenta en virtud de dichos endosos. Sin embargo no hay falsedad. Es una factura verdadera sobre un servicio verdadero. Que se solicite el endoso no implica se haya producido ninguna falsedad‘.
La sentencia también rebaja la pena de multa, que pasa de 3.600 euros a 2.160 euros, así como la indemnización al Ayuntamiento de Fontanar, que pasa de 5.413,25 euros a 3.635.
En este caso, la inhabilitación para ejercer empleo o cargo público también se le rebaja de cinco a dos años
Por su parte, el director de los cursos de formación que había sido condenado a una pena de dos años y seis meses de prisión y siete años de inhabilitación para cargo o empleo público por el delito de falsedad documental y cooperador necesario del delito de malversación, A.V.M., el TTSJCLM también rebaja la misma al solo condenarlo por el primer delito a un año de prisión y 1.080 euros de multa, y absolverlo por el de malversación.
La sentencia no es firme y cabe recurso de casación ante la misma en plazo de cinco días.
La solicitud de suspensión de la pena de prisión de ambos condenados se podrá solicitar una vez que la sentencia sea firme y para ello se deben cumplir algunos requisitos: que se trate de un delincuente primario, es decir, sin condenas anteriores de prisión; que la pena privativa de libertad impuesta o la suma de las impuestas en la misma sentencia sea inferior a dos años; y que se haya abonado la indemnización a que haya sido condenado.
Condenado por quedarse con dinero en metálico aportado por los vecinos
El tribunal provincial condenó en su día al exalcalde de Fontanar, por hechos ocurridos durante su primer mandato (2015-2019), y más concretamente durante los años 2017 y 2018, cuando salió elegido en las listas del PSOE, y se apropió de manera indebida de cantidades por valor cercano a los 5.500 euros provenientes del patrimonio público.

Entre estas cantidades de dinero se encontraban las aportaciones voluntarias de los vecinos de la localidad para gastos de las fiestas patronales, beneficios obtenidos por comidas populares y cantidades recaudadas en el servicio del polideportivo de la localidad.
La sentencia también consideró que San Vidal falsificó y manipuló pagos endosados relativos a facturas de comidas del campamento de verano de Fontanar, aparentando adelantar personalmente el gasto de este servicio y solicitando el reintegro con cargo a las cuentas del ayuntamiento, pero por estos hechos ha sido ahora absuelto
El fiscal llegó a pedir 10 años de prisión para San Vidal
La Audiencia Provincial de Guadalajara condenó en mayo de este año a cinco años de cárcel al exalcalde de Fontanar Víctor San Vidal por delito de malversación de caudales públicos en concurso con delito de falsedad en documento oficial cometido por autoridad o funcionario público, ambos en su modalidad de delito continuado.
La sentencia, de 110 folios, recogía una condena de cinco años de prisión para el exregidor de la localidad guadalajareña, el pago de una multa de 3.600 euros y cinco años de inhabilitación para empleo o cargo público, según informaron en su día fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha, TSJCLM, en un comunicado.
Se le condenó además a abonar al Ayuntamiento de Fontanar en concepto de responsabilidad civil una indemnización de 5.413,25 euros.
En relación con este hecho, el tribunal provincial, condena también a un particular, A.V.R., director y docente de cursos de formación, por el delito de falsedad documental y cooperador necesario del delito de malversación.
Para esta persona se establecía una pena de dos años y seis meses de prisión y siete años de inhabilitación para cargo o empleo público.
Según la sentencia, A.V.R. emitió una factura correspondiente a docencia en aquel curso de herrería que nunca se impartió, ‘conducta que tuvo como único fin el cobro indebido del montante total de la ayuda pública recibida por el ayuntamiento‘.
No obstante, la sentencia de la Audiencia Provincial de Guadalajara ya absolvió en ese momento al exalcalde de Fontanar de los delitos de prevaricación y fraude, al no haberse constatado irregularidades en el nombramiento de M.C.J como Jefe de Protección Civil de Fontanar (y procesado en la causa), o en la contratación por parte del ayuntamiento de la madre de este último, también inmersa en el procedimiento judicial.
Para estas dos personas, M.C.J y M.A.J.B., la sentencia de la Audiencia Provincial de Guadalajara fue absolutoria.
La resolución del tribunal provincial absolvió también a A.M.C.C., que ejerció como Secretaria-Interventora del Ayuntamiento de Fontanar durante el mandato del exalcalde.
El fiscal había pedido 10 años de prisión para San Vidal en el juicio que se celebró en la audiencia de Guadalajara en enero de 2025.
También estaba personada como acusación popular la formación política Unidas Podemos Fontanar.
Absuelto en una causa similar por ‘falta de pruebas de la Fiscalía’
La Audiencia Provincial de Guadalajara ya absolvió en noviembre de 2022 al exalcalde de Fontanar, Víctor San Vidal, de los delitos de prevaricación administrativa en concurso con otro de malversación de caudales públicos y, subsidiariamente, de un delito de prevaricación administrativa en concurso con un delito de fraude a la Administración Pública de los que había sido acusado por el Ministerio Fiscal por supuestamente haber adjudicado de forma irregular unas obras a una empresa.
Por estos delitos, el fiscal pedía para San Vidal hasta cuatro años de cárcel y nueve de inhabilitación para ejercer cualquier cargo público, en el escrito de conclusiones provisionales presentado al juicio que tuvo lugar el martes 25 de octubre de 2023 en la Audiencia Provincial de Guadalajara.
Según el escrito de acusación del que ya informó en su momento EL HERALDO DEL HENARES, la Fiscalía señalaba a San Vidal como responsable de un delito de prevaricación administrativa en concurso con otro de malversación de caudales públicos y, subsidiariamente, para el caso de que el tribunal no aceptara la malversación, el fiscal acusaba también al primer edil de un delito de prevaricación administrativa en concurso con un delito de fraude a la Administración Pública.
De ambos delitos, el Ministerio Público también hacía responsable a la administradora única de la empresa W. T. L. Soluciones Integrales SL, M. A. J. B., absuelta ahora también en la causa que se ha condenado a San Vidal y para la que se pedían también cuatro años de cárcel y nueve años de inhabilitación para contratar con las Administraciones Públicas, tiempo en el que tampoco podría gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social.
Pues bien, según la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Guadalajara y a la que tuvo también acceso este diario, tanto San Vidal como la administradora única de la empresa WTL fueron absueltos libremente de los delitos de los que habían sido acusados por el fiscal.
De hecho, según la sentencia, la propia Audiencia reprochó al fiscal la deficiente búsqueda de pruebas para condenar a los acusados: ‘La falta de certeza objetiva sobre un hecho del que dependa la condena será determinante de la absolución, lo que aplicado al presenta caso determina la plena vigencia de dicho derecho constitucional por las dudas generadas de las pruebas practicadas a instancia de la acusación pública, dado que, de las diligencias de prueba practicadas, no puede llegarse a extraerse las conclusiones impetradas por el Ministerio Fiscal, pues, en suma, no se ha podido llegar a la necesaria convicción para declarar la culpabilidad de los acusados por este concreto delito de malversación de caudales públicos puesto que no se ha considerado probado ese desfase entre el importe de las obras ejecutadas y las presupuestadas inicialmente y que ello se hiciera por parte de ambos para enriquecerse‘.
San Vidal no dimitió por estas acusaciones, pero sí por insultar a una trabajadora municipal
El exalcalde de Fontanar (Guadalajara), Víctor San Vidal, se vio envuelto en varios procesos judiciales a lo largo de sus mandatos al frente del consistorio, pero no fue hasta el 7 de marzo de 2024 en que presentó su dimisión por hechos ajenos a estos delitos.
https://www.youtube.com/embed/tx8UovhhgsY?feature=oembedVídeo en el que se escucha a San Vidal insultar a una trabajadora municipal
Aquel día, no soportó más las críticas que le llegaron por haberse divulgado un vídeo por redes sociales en el que se le escuchaba insultar, vejar y acosar a una empleada municipal.
San Vidal pidió perdón por estos insultos y dimitió tan solo horas después de que la Fiscalía de Castilla La Mancha abriera diligencias para investigar esos hechos por la posible comisión de los delitos de acoso laboral o trato degradante.
Hasta ese momento, había sobrevivido a denuncias, querellas, acusaciones de malversación de fondos públicos, prevaricación, etc… Incluso con algunos de esos procedimientos judiciales abiertos y otros que ya se habían archivado, San Vidal había conseguido revalidar en las urnas el 28 de mayo de 2023 el bastón de mando.
La carrera política de San Vidal comenzó cuando fue elegido alcalde como cabeza de lista del PSOE en 2015-2019, mandato municipal en el que cometió los delitos por los que ahora ha sido condenado.
Tras se apartado del PSOE en 2019, San Vidal se presentó a la Alcaldía como líder de la formación Entre Todos Fontanar, lista con la que ganó las elecciones en 2019 y 2023, si bien este último periodo se vio interrumpido tras dimitir en marzo de 2024 por el vídeo del supuesto acoso a una trabajadora municipal.
El Heraldo del Henares
