viernes , 29 marzo 2024

Carta de un padre preocupado por la alarmante desprotección legislativa e institucional que sufren los menores en España y sus consecuencias con especial referencia a la delegación de Educación de Guadalajara

Hoy, en esta nueva oportunidad que me ofrece El Heraldo del Henares, me gustaría denunciar y dar a conocer a la opinión pública, ya que esto que les voy a contar no sale en los telediarios y está vetado en la mayoría de los medios de comunicación, la gravísima desprotección en la que han dejado a los menores a raíz de la aprobación de la Ley 8/21 de protección a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, en concreto, en su artículo 11 apartado 3, en el cual se erradica la posibilidad de que un menor pueda ser manipulado por un adulto. “Art. 11.3: Los poderes públicos tomarán las medidas necesarias para impedir que planteamientos teóricos o criterios sin aval científico que presuman interferencia o manipulación adulta, como el llamado síndrome de alienación parental, puedan ser tomados en consideración.”

Hace unos días nos hacíamos eco de la vergonzosa actuación llevada a cabo desde la Delegación de Educación de Guadalajara por dificultar y poner trabas en la escolarización de un alumno al obligarle a cambiarse a un curso que estaba prácticamente finalizado.

Por cierto, en una salida hacia delante los señores inspectores de educación que obligaron a cambiar de curso a este alumno, Dª Pilar Fernández Miguélez y D. Wenceslao Alcaide Barba, han querido justificar esta vergonzosa decisión, que ha escandalizado a todos los profesores y docentes de Guadalajara, argumentando que el motivo de dicho cambio fue que en este otro curso había únicamente 6 alumnos matriculados y quedaban plazas vacantes, lo que según ellos: “…podría facilitar su incorporación al sistema educativo “.

Aunque parece que a estos “sesudos” inspectores se les olvidó comprobar la fecha en que había comenzado dicho curso ( ¡¡¡ hacía ya 7 meses !!! ) y que este alumno, ahora, está sólo en clase ya que no tiene ningún otro compañero. Olvidando también comprobar, que en el curso en que estaba matriculado inicialmente este alumno existían también numerosas plazas vacantes, con lo que su burda y grosera justificación, simplemente, no cuela. Curiosa la forma que han tenido estos dos inspectores de educación en facilitar y fomentar la incorporación de este alumno al sistema educativo, obligándole a matricularse en un curso prácticamente finalizado y en el que únicamente hay un alumno, él mismo.

Pero por desgracia, y ya entrando en profundidad en lo que quería denunciarles hoy, muy probablemente se vayan a multiplicar exponencialmente otras situaciones de alumnos que sufran fracaso escolar, en las que se va a tener que ofrecer a estos alumnos una salida educativa acorde a sus necesidades.  Ya que una de las causas que pueden llevar a los menores al fracaso escolar, es que hayan sufrido un tipo de violencia terrible, como es la manipulación o alienación parental, cuya existencia, reconocida científicamente en todos los países del mundo, ha sido ahora erradicada en la legislación española con la entrada en vigor del art. 11.3 de la Ley 8/21. Convirtiéndose España en el primer y único país del mundo, ya que estoy seguro de que en ningún otro país del mundo se atreverán a cometer semejante aberración legislativa, en negar legislativamente la existencia de este tipo de maltrato y afección psicológica sufrida por los menores.

Del gravísimo peligro para los menores que conllevaría la aplicación de este controvertido artículo, ya lo alertó el Dr. Jorge Guerra González ( Universidad Leuphana de Lüneburg (Alemania) Investigador – Mediador, abogado del menor, guardador del régimen de visitas ) quien envió una misiva a las formaciones políticas que aprobaron esta ley, pero sus advertencias cayeron en saco roto.

Si se preguntan cómo es posible esta indiferencia ante la evidencia que el Dr. Guerra expuso a estos políticos, la respuesta es fácil. La protección de los menores ante este tipo de violencia no ofrece a los políticos que aprobaron esta ley ningún rédito electoral, es decir, que les da exactamente igual lo que les pase a esos pobres menores.

Aquí pueden leer una publicación donde el Dr. Guerra alertaba del peligro que correrían los menores con la aplicación de dicho artículo.

También el Dr. Guerra ha sido pionero en la realización de un estudio en el que se recogen las gravísimas consecuencias que conlleva haber sufrido alienación parental, entre las que se encuentra el fracaso escolar. Abriendo este archivo: (archivo pdf), podrán acceder ( a partir de la página 4 ) a un resumen del estudio realizado por el Dr. Guerra y publicado en la prestigiosa revista “La Ley. Actualidad Civil”, titulado: (… pero existe). Sobre la alienación parental y otras fuentes de daños a los menores a causa del conflicto de sus padres

Teniendo en cuenta estas evidencias científicas, da la sensación de que el artículo 11.3 de la Ley 8/21 fuera creado “ad hoc“ para el poderoso lobby de género que impera en España y que llevaba tiempo presionando al poder político para que les allanara el camino. En el que este lobby, demandaba un arma legal para que en los procesos judiciales de custodia de menores no se pudiera reconocer ni demostrar los numerosos casos que se estaban dando, en los que algunas madres habían manipulado a sus hijos, para que testificaran en contra del padre y así poder obtener su custodia y las ventajas económicas que ello conllevaba.

La forma que tiene la Ley 8/21 de proteger a los menores resulta desconcertante, ya que si, por un lado, reconoce algunos terribles tipos de violencia que los adultos, por desgracia, pueden cometer sobre los menores, como por ejemplo es abusar sexualmente de un menor. Por otro, niega que esos mismos adultos, que pueden cometer esas auténticas barbaridades como violar a un menor, puedan llegar a interferir sobre él o manipularle.

Es decir, que esta ley contempla la protección de los menores ante un abuso sexual a manos de un adulto, pero niega que ese mismo adulto, capaz de violar a un menor, pueda llegar a manipularle o influir sobre él, con lo que no contempla la protección de los menores ante este incontestable tipo de maltrato, como es la manipulación o alienación parental. Es sencillamente, demencial.

Cuando se escupe hacía arriba, el esputo, en este caso en forma de ley, normalmente suele salpicar. Con lo que sería bueno que, desde las instituciones, como por ejemplo la Delegación de Educación de Guadalajara, fueran haciendo hueco y dando salida al ingente número de menores que van a necesitar un apoyo educativo especial por haber sido víctimas de esta terrible forma de violencia, como es la manipulación o alienación parental.

Aunque sabiendo como las gastan los políticos en este país, a buen seguro intentarán ocultar esta realidad y tirar la llave.

Fernando Arias Clemente, Guadalajara

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