Durísimo varapalo judicial del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha, TSJCLM, al Gobierno regional de Emiliano García Page en su intento de incumplir la ejecución de la sentencia firme de 2017 que le obligaba a “concluir la actuación urbanística emprendida en su condición de promotor conforme al Acuerdo complementario suscrito el 22-12-2010” en el marco del Proyecto de Singular Interés “Fuerte de San Francisco” de Guadalajara.
De hecho, el ejecutivo de García Page había rechazado uno tras otro los requerimientos del Ayuntamiento de Guadalajara para cumplir dicha sentencia y había solicitado al TSJCLM que declarara la prescripción de dicha obligación y en caso subsidiario, que dicha ejecución no había podido llevarse a cabo por la ‘evolución de las necesidades urbanísticas’.

Ahora, en un auto dictado por la sección 1ª de lo Contencioso Administrativo de dicho tribunal, de fecha 16 de enero de 2026 y al que ha tenido acceso EL HERALDO DEL HENARES, se rechazan ambos argumentos de la Junta y se le imponen límites temporales muy breves al Gobierno de García Page para que cumpla la sentencia que le obligó hace 9 años a restaurar el complejo del Fuerte de San Francisco (ver auto completo en este enlace).
‘En el presente caso, es un hecho notorio y no desvirtuado que, más de siete años después de la firmeza de la sentencia, la JCCM no ha dado cumplimiento a las obligaciones de hacer impuestas en el fallo. No se han ejecutado las demoliciones, no se ha procedido al desalojo de los ocupantes y, salvo la licitación de dos proyectos que además han quedado paralizados, no se ha avanzado en la rehabilitación del resto de inmuebles’, dice el auto del TSJCLM.
Además, añade el tribunal, ‘la alegación genérica de una «evolución de las necesidades urbanísticas» no puede servir de excusa para eludir una obligación declarada por sentencia firme, máxime cuando, como bien señala el ejecutante (el Ayuntamiento de Guadalajara), la competencia para cualquier modificación de planeamiento recaía en la propia JCCM. La inactividad de la Administración condenada ha provocado un grave deterioro de los inmuebles, como se acredita en el informe técnico aportado, y constituye un claro incumplimiento del fallo judicial que debe ser corregido por esta Sala‘.
Por ese motivo, el alto tribunal regional concede los siguientes plazos para iniciar los siguientes trabajos o actividades tendentes a dicha ejecución, según transcribe literalmente la resolución:
-Un mes para que inicie la licitación de la ejecución de las obras de los proyectos de rehabilitación de las naves de cerrajería (escuelas municipales) y de la “Nave de Forja” (Biblioteca Municipal).
–Un mes para que inicie los expedientes de desalojo de los ocupantes de los inmuebles sitos en plaza Bejanque 9 FT (parcela E-9 del PSI).
-Un mes para iniciar la licitación de la ejecución de las demoliciones de inmuebles incompatibles con el planeamiento.
–Cuatro meses para la redacción de los proyectos de rehabilitación del resto de inmuebles con los usos establecidos en el Anexo del Acuerdo complementario de 22 de diciembre de 2010.
-Seis meses para realizar las actuaciones necesarias para subsanar las deficiencias recogidas en los Informes de Evaluación de Edificios (IEE) desfavorables.
Además de estos plazos, el TSJCLM requiere a la consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha para que, en el plazo de 10 días ‘identifique ante esta Sala a la autoridad o funcionario concreto responsable de impulsar y llevar a término las actuaciones ordenadas en el presente auto’.

Finalmente, advierte al Gobierno de García Page que ‘la autoridad o funcionario que resulte responsable, que el incumplimiento de lo ordenado en el presente auto podrá dar lugar a la imposición de las medidas previstas en el Artículo 112 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, incluyendo la imposición de multas coercitivas y la deducción del oportuno testimonio de particulares para exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder‘.
Este auto puede ser recurrido en reposición ante el mismo TSJCLM en el plazo de cinco días.

Este procedimiento de ejecución de sentencia firme había sido promovido por el Ayuntamiento de Guadalajara, así como por el entonces portavoz del grupo municipal de Aike, Jorge Riendas, ante la reiterada desobediencia del Gobierno de Emiliano García Page a cumplir lo ordenado.
El Heraldo del Henares
