sábado , 27 abril 2024
Arroyo donde cayó muerto el joven al que disparó un guardia civil

El juez imputa “homicidio imprudente” al guardia civil que mató a un joven en Cabanillas del Campo al confundirlo con un atracador

El titular del juzgado de instrucción número 2 de Guadalajara, Faustino Gudín Rodríguez-Magariños, ha imputado el delito de “homicidio imprudente por imprudencia profesional” al agente de la Guardia Civil de Guadalajara que el 24 de octubre de 2013 disparó y causó la muerte a un supuesto delincuente en Cabanillas del Campo.

Según la resolución judicial, a la que ha tenido acceso EL HERALDO DEL HENARES, el juez ordena trasformar las diligencias previas en procedimiento abreviado al estimar que “sin entrar a prejuzgar el fondo de la causa, existen indicios racionales de criminalidad” en el agente que provocó la muerte a G.L.R.

El juez asegura que se desprende “de lo actuado que los hechos denunciados pudieran ser constitutivos de un presunto delito del artículo 142.1, 142.2 y 142.3 del Código Penal, homicidio imprudente cometido con arma de fuego y por imprudencia profesional”, por lo que imputa al agente de la Guardia Civil que disparó y designa al Abogado del Estado como responsable civil subsidiario.

El juez ha dado traslado al fiscal y resto de acusaciones particulares para que presenten escrito de acusación por término de diez días, que en el caso de los delitos indicados en la resolución podrían conllevar entre uno y cuatro años de prisión; la privación de tenencia de armas de uno a seis años y la inhabilitación para ejercer cargo público de tres a seis años.

No obstante, las dos acusaciones particulares personadas en el procedimiento judicial ya han presentado recurso de reforma y subsidiario de apelación contra esta resolución al entender que no es ajustada a derecho.

Por un lado, la madre del fallecido ha impugnado la resolución al entender que el procedimiento a seguir es el sumario, donde la calificación del delito es más alta y conlleva más años de prisión ya que no sería un homicidio imprudente sino doloso.

Asegura la madre del fallecido en su recurso que “volvemos a insistir que la instrucción de esta causa está siendo un despropósito total (dicho sea con el debido respeto), pues es lo cierto que esta parte se encuentra totalmente indefensa e incluso con el sentimiento de ser tratado de forma diferente al imputado”.

La otra acusación, la pareja del fallecido y madre del hijo menor de edad de ambos, también recurre al entender que “nos encontramos ante un supuesto delito de homicidio doloso por dolo eventual y no ante un presunto delito de homicidio imprudente con arma de fuego y con imprudencia profesional”, por lo que piden que juzgue el caso un Tribunal del Jurado.

Según su escrito, la pareja del fallecido asegura que de los hechos relatados en su resolución por el juez “componen un escenario del que únicamente puede extraerse que el imputado pudo representarse sin duda alguna la posibilidad de acabar con la vida del padre de mi defendido”.

Los hechos en los que basa el juez su auto tuvieron lugar  el 24 de octubre de 2013, cuando se produjo un atraco en una nave del polígono industrial de Cabanillas, en la que entraron tres individuos ocultos bajo un pasamontañas y portando uno de ellos una escopeta con la que hizo un tiro al aire.

Tras darse a la fuga, se montó un operativo de búsqueda de los atracadores por parte de las fuerzas de seguridad del Estado, entre cuyos agentes se encontraba el imputado y su compañero de patrulla.

Según el juez, al llegar a una nave observó a tres individuos, que no está probado que tuvieran relación con el atraco, “uno de ellos de frente y los otros dos de perfil… a los que se enfrentó con el arma dispuesta para el disparo, y como quiera que uno de ellos procedió a la huida a la carrera, procedió a disparar efectuando un único disparo con su arma reglamentaria”.

El juez asegura en su resolución que no está acreditado que el agente les diera el alto, que disparó a una distancia de veinte metros o inferior y que “no consta que G.L.R. portara arma alguna, alcanzándole (el disparo) a la altura de la espalda y saliendo por la barbilla”.

El joven continuó su huida y cayó posteriormente en un barranco que había en el polígono, donde fue encontrado su cadáver dos horas después, con signos de “shock hipovolémico” (hemorragia masiva) a consecuencia de arma de fuego.

Los recursos planteados por las partes no paralizan el procedimiento, por lo que, salvo en el caso de que fueran estimados, el procedimiento seguiría por los trámites del procedimiento abreviado por un delito de “homicidio imprudente cometido por imprudencia profesional”.

Acerca de Roberto Mangas Morales

Periodista y escritor. Director de EL HERALDO DEL HENARES. El periodismo como fin, nunca como medio…

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