domingo , 1 febrero 2026
Plaza de toros de Almoguera construida sobre un monte consorciado de la Junta de Castilla La Mancha

La Audiencia Provincial de Guadalajara rebaja la condena de prisión al exalcalde de Almoguera Luis Padrino por la construcción de la plaza de toros en un monte público y anula la orden del juzgado de lo Penal que mandaba demolerla

La Audiencia Provincial de Guadalajara ha rebajado la condena de 36 meses de cárcel impuesta por sentencia del juzgado de lo Penal número 1 de Guadalajara al exalcalde de Almoguera, Luis Padrino, por los delitos de prevaricación urbanística y contra la ordenación del territorio, a 15 meses en total, por lo que la misma podría quedar en suspenso si así lo acuerda el juez que ejecute la pena al ser inferior a los dos años.

Según el contenido de la sentencia a la que ha tenido acceso EL HERALDO DEL HENARES, la Audiencia ha rebajado la pena de 18 meses de cada uno de los dos delitos por la de 9 meses y un día de prisión y 6 meses y un día de prisión, respectivamente, por cada uno de ellos, al tener en cuenta la atenuante de dilaciones indebidas del procedimiento, que ha durado más de 7 años.

Además, la sentencia también rebaja a Padrino la multa impuesta en el juzgado de lo Penal por cada uno de los dos delitos de 24 meses a 12 euros al día a 6 meses y un día a razón de 12 euros al día (4.344 euros en total), es decir, rebaja de 8.640 euros a 4.344 el concepto de multa, con el apercibimiento de que se le privará de libertad por cada dos cuotas diarias impagadas.

En cuanto a la inhabilitación para ejercer cualquier empleo relacionado con la construcción, la Audiencia rebaja ese periodo de los 9 años a tan solo 6 meses y un día.

Imagen de la fachada de la Audiencia Provincial de Guadalajara. Fotografía de Cuka Leyre

Finalmente, por el delito de prevaricación urbanística, la sentencia también inhabilita al exalcalde de Almoguera para ejercer cualquier empleo o cargo público por tiempo de 3 años, 6 meses y un día.

Respecto a las otras dos acusadas, la exinterventora municipal, C.G.D., y a la exarquitecta honorífica de este municipio, S.M.U, la Audiencia las absuelve del delito contra la ordenación del territorio por el que habían sido condenadas a la pena de 1 año y seis meses de prisión, además de una multa de 12 meses a razón de 12 euros al día, y la inhabilitación para cualquier empleo relacionado con la construcción por 2 años.

Para esta absolución del delito contra la ordenación del territorio de la interventora y la arquitecto honorífica, la Audiencia señala que ‘en este caso, no participan en dicho delito, sino que cometen otro distinto, específico, de prevaricación urbanística del art. 320 del C.P. Lo contrario sería condenarles por la misma conducta y en la misma condición por dos delitos distintos‘.

Pero sí confirma la condena por el delito de prevaricación urbanística para ambas, aunque la rebaja a 9 meses y un día de prisión, 6 meses y un día de multa a razón de 12 euros al día e inhabilitación para cualquier cargo o empleo público por tiempo de 3 años, 6 meses y un día, frente a la condena de instancia que era de 1 año y 6 meses de prisión, multa de 12 meses a razón de 12 euros al día e inhabilitación para cualquier oficio relacionado con la construcción por 7 años.

Recurrida en Casación por Luis Padrino

Dicha sentencia no es firme pues ya ha sido recurrida en Casación ante el Tribunal Supremo al menos por el propio Luis Padrino, según ha confirmado él mismo a EL HERALDO DEL HENARES.

Padrino ha señalado que aunque le hayan rebajado las condenas, «soy inocente porque todo esto se aprobó en el Pleno y contábamos con todo tipo de informes en el expediente, incluido el de Impacto Ambiental, por lo que no es cierto que la obra careciera de ellos».

Además, Padrino ha asegurado a este diario que «en contra de lo que dice la sentencia, lo cierto es que en Almoguera sí se puede construir en suelo rústico de reserva, de hecho, la Ordenanza lo permite desde 1982″.

La Audiencia anula la orden de demolición de la plaza ‘ilegalmente’ construida

Uno de los aspectos más relevantes del fallo judicial es que la Audiencia Provincial de Guadalajara ha dejado sin efecto la orden de demoler a cargo de los tres condenados la plaza de toros municipal que el Pleno aprobó construir siendo Padrino alcalde de Almoguera. Dicha condena de instancia incluía la obligación de que tras demoler la plaza debían restaurar el monte público a su estado original.

Sin embargo, la ponente de la sentencia, en este caso la presidenta de este tribunal, Elena Mayor Rodrigo, entiende en su fallo que ‘en este caso concreto se aprecian razones excepcionales que justifican que se mantenga la obra ilegalmente impulsada‘.

Y es que aunque la ponente de la Audiencia reconoce que ‘a pesar de lo mantenido por los
recurrentes, entendemos, como hace el Ministerio Fiscal y la sentencia
(del juzgado de lo Penal recurrida), que la construcción de la plaza de toros se realizó en suelo no urbanizable y, además, la construcción es no autorizable de acuerdo con la legalidad vigente en el momento de la construcción–como establece la jurisprudencia—‘.

No obstante lo anterior, la Audiencia señala que ‘si bien la obra se realizó contrariando la regulación más esencial establecida para la ordenación de los usos del suelo rustico, se trata de una obra pública, propiedad del Ayuntamiento y utilizada por sus ciudadanos, quienes en última instancia se verían perjudicados con dicha demolición pues les impediría hacer uso de unas instalaciones en cuya construcción se estuvo de acuerdo por todo el Pleno‘.

Y por todo ello, deja sin efecto la orden de demolición de la plaza que había decretado en primera instancia el juzgado de lo Penal en su sentencia.

‘Ignoraron los procedimientos legales’

Según los Hechos Probados por la Audiencia, que modifica los del juzgado de lo Penal, el Ayuntamiento de Almoguera inició en 2003 los trámites legales para la urbanización del desarrollo urbanístico conocido como Carromonte Alto y Sector 15 para la construcción de 35 viviendas de protección pública y un polígono industrial, que fue sometido a Evaluación Ambiental ante la consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla la Mancha.

Luis Padrino

En su informe, la consejería dio por válida la solicitud, pero estableciendo una serie de condiciones vinculantes para el Ayuntamiento, como la necesidad de realizar un estudio ‘que analizara detalladamente tanto el aumento de la demanda hídrica, de abastecimiento y de riego que se produciría con el aumento de núcleo urbano y actividades desarrolladas en el mismo, como la caracterización del efluente de las aguas residuales que se produciría con el anterior crecimiento urbano‘.

Asimismo, la consejería ‘establecía la necesidad de respetar la zona arbolada existente y dedicarla a zona verde mejorando así sus condiciones de subsistencias, siendo necesario la realización de proyectos de restauración y revegetación de los taludes descamados‘.

Sin embargo, Padrino, alcalde de Almoguera desde 1991 hasta 2023, que ‘tenía la obligación de garantizar el cumplimiento de la legalidad vigente en su municipio‘, ignoró esa obligación y ‘promovió, impulsó y ordenó desde el año 2005 las actuaciones necesarias para la construcción de una plaza de toros en parte de la parcela de titularidad municipal número 73, polígono 17, estando clasificada como suelo rústico de reservasin contar con un estudio de impacto ambiental concreto por dicha obra‘.

Así, entre 2005 y 2007 procedió a la tala y descuaje de toda vegetación y arbolado existente en la parcela y desmonte de la misma para explanar la zona afectada ya que tenía una pendiente media del 15%, llegando a utilizar voladuras con barrenos.

Posteriormente, llevó al pleno de 28 de diciembre de 2010 la aprobación del inicio de las obras de la plaza por fases ‘conociendo que no se había aprobado la Modificación Puntual n° 5 de las Normas Subsidiarias, del Plan de Ordenación Municipal de Almoguera‘.

Estas obras se adjudicaron en septiembre de 2011 a la constructora Corsan Corvian Construcciones SA por 556.126,22 euros, que comenzaron un mes más tarde y fueron recepcionadas un año después, en 2012, tanto por el alcalde como por otra de las condenadas, la secretaria e interventora municipal, C.G.D.,

Según la sentencia, el 4 de septiembre de 2012, Padrino y la interventora municipal recepcionaron las obras de la estructura prefabricada de la plaza ‘sin los informes jurídico y técnicos preceptivos, en concreto sin Estudio de Impacto Ambiental, ignorando deliberadamente el acusado someter a aprobación el Proyecto de obra ante la Consejería competente con los informes preceptivos‘.

De la interventora además señala que teniendo acceso a los expedientes administrativos… con una consciente y deliberada dejación de funciones que le competían y conociendo la no aprobación del expediente de Modificación Puntual nº 5 de las Normas Subsidiarias de Almoguera, y los requerimientos
desatendidos por el Ayuntamiento, obvió la tramitación para la aprobación del proyecto de construcción por la autoridad competente y (obvió) la inexistencia del informe preceptivo técnico de la arquitecta, ni advirtió inconveniente de legalidad alguno
‘.

Imagen de archivo de un festejo taurino celebrado en la plaza de toros de Almoguera

Respecto de la arquitecto honorífica, los Hechos Probados señalan que teniendo acceso a los expedientes administrativos… con una consciente y deliberada dejación de funciones, obvió que en la
parcela afectada se estaban realizando labores de replanteo de obras de cimentación, así como las obras de construcción del coso taurino de usos múltiples de estructura prefabricada de hormigón armado al menos desde el mes de octubre de 2011, sin los informes preceptivos
‘.

Por todo ello, la Audiencia ratifica la condena para los tres por un delito de prevaricación urbanística, aunque rebaja las penas, y absuelve a la interventora y a la arquitecto honorífico del delito contra la ordenación del territorio, delito por el que sí condena a Padrino, aunque también rebajándole la pena de prisión; y libra a los tres del pago por la demolición de la plaza de toros construida de forma ilegal en terreno rústico, al anular dicha demolición.

Padrino reconoció en el juicio que la gente del pueblo decía que estaban haciendo mal la obra

Para justificar esta obra, Padrino alegó en el juzgado de lo Penal que había sometido la decisión de la construcción de la plaza de toros al Pleno y contaba con el asesoramiento de la acusada, la secretaria e interventora municipal, así como con el informe técnico de la otra acusada, la arquitecta honorífica, pero también reconoció ‘que la gente del pueblo iba diciendo que estaban haciendo mal la obra’.

Por su parte, los agentes del Seprona que declararon como testigos señalaron que ‘la plaza de toros se encontraba a unos 15 metros de las viviendas construidas en la zona y que el monte aledaño a la misma se había descuajado, no siendo la construcción autorizable al estar construido en terreno rustico de reserva y carecer de permisos de medioambiente, urbanismo y patrimonio histórico, afirmando que aunque el suelo fuera rustico de reserva, se necesitaban permisos para recalificar el mismo, y el proyecto actualmente no está reclasificado porque no tiene autorización de urbanismo’.

Este procedimiento se inició en 2018 por la denuncia de un vecino de Almoguera ante la Fiscalía de Medio Ambiente de Guadalajara, Álex Diges, sin que conste en la sentencia que ninguna otra institución pública, como la Junta de Castilla La Mancha iniciara ningún tipo de acción judicial a pesar de las denuncias de sus propios agentes medioambientales que se mencionan en la sentencia, que recoge que un agente ‘ratificó en el plenario haber interpuesto denuncia en abril del año 2009′.

Padrino, ocho mandatos consecutivos como alcalde: 5 con el PSOE, 1 con el PP, 2 como independiente

Padrino, eterno alcalde de Almoguera, de la que ha sido primer edil ocho periodos corporativos consecutivos desde 1991. En las primeras cinco ocasiones, 1991, 1995, 1999, 2003 Y 2007, como cabeza de lista del PSOE. Después, en 2011, como Independiente. De ahí pasó a cabeza de lista del PP en 2015. Finalmente, en 2019 nuevamente como Independiente.

El presidente de la Diputación, José Luis Vega, tras la comida mantenida en Guadalajara con Luis Padrino y los concejales del PSOE de Almoguera

En 2023, tras perder las elecciones a manos del PP, intentó un pacto con el PSOE de Pablo Bellido, pero la publicación de la foto de la reunión entre Padrino y José Luis Vega a la salida de un restaurante de Guadalajara frustró la iniciativa. Finalmente, resultó elegida alcaldesa de Almoguera la popular Rocío López López, que no obstante, fue desbancada dos meses después por una moción de censura entre el PSOE y el partido de Padrino, pero sin Padrino, y con el socialista Antonio Barona como nuevo alcalde.

El recordado Fandiño inauguró la plaza de toros de Almoguera

La inauguración de esta polémica plaza de toros tuvo lugar el 16 de septiembre de 2012. Se lidiaron toros de la ganadería alcarreña de Cantinuevo (Fuentelencina) para el rejoneador Joao Moura (hijo), y los diestros Juan Bautista e Iván Fandiño, en la imagen de archivo, diestro vizcaíno afincado en Guadalajara que falleció el 17 de junio de 2017 tras ser cogido por un toro en la plaza de toros de Mont de Marsan, Francia.

En la inauguración de la plaza alcarreña, tanto Fandiño como Moura salieron a hombros tras cortar dos apéndices a sus respectivos astados.

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