viernes , 29 marzo 2024

Opinión de Emilio Sales, responsable del Área de Memoria Democrática de IU CLM: Legal y Constitucional. (Algunos apuntes sobre la bandera republicana).

Manda uebos, tener que defender lo obvio. Malos tiempos para la lírica.

Aunque cada vez uno se asombra menos de lo que pasa en este mundo, todavía queda esa pequeña capacidad de sorpresa que hace seguir adelante; la noticia, no por ser algo inhabitual si vemos de quien parte, es harto preocupante.

“El ejecutivo ve ilegal poner la bandera republicana en la casa museo de un ex presidente del gobierno de la II República”. Se refiere al edificio que alberga la casa museo de Santiago Casares Quiroga, abogado y político gallego que presidió la II República entre mayo y julio de 1936.  Podríamos apelar al “sentido común” para ver la lógica de la exhibición de esta enseña que preside la balconada de este edificio, pero no, parece que el sentido común es el menor común de los sentidos en este caso. La bandera republicana, la tricolor, es legal y constitucional, por lo que no es de recibo vetar este distintivo.

Y digo legal porque hay sentencias que así lo avalan. Veamos una. Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de fecha 15/12/2003 que da la razón a Izquierda Unida que denunció una resolución del Ayuntamiento de Torrelodones (Madrid), gobernado por el PP, que ordenó retirar una bandera tricolor del kiosco montado por esa organización durante las fiestas de julio de 2002.

O por ejemplo la contestación a los senadores del grupo de Compromis en la Cámara Alta por parte del ejecutivo donde este explica que en España “no resulta punible la mera exhibición de banderas si estas no van acompañadas de una conducta activa propia de un crimen de odio o discurso que ensalce la violencia o el odio, ya que en tal caso podríamos estar ante un delito tipificado en el artículo 510 de Código Penal”. Es de suponer que en este último caso entraría la exhibición de la enseña rojigualda con el “pollo” (Águila de S. Juan) aunque por lo visto nunca he visto reprimir a quienes así hacen ostentación de ella en manifestaciones y concentraciones fascistas. Una bandera que el régimen franquista adoptó en 1938 y bajo la cual se arroparon los generales golpistas que provocaron la guerra civil y que llevaron a nuestro país a una larga y sangrienta dictadura.

Pero además digo que es constitucional porque representa a un régimen democrático así constituido bajo aquella Constitución de 1931 que en su título preliminar, artículo primero, exponía “España es una República democrática de trabajadores de toda clase, que se organiza en régimen de Libertad y de Justicia. Los poderes de todos sus órganos  emanan del pueblo. La República constituye un Estado integral, compatible con la autonomía de los Municipios y las Regiones. La bandera de la República española es roja, amarilla y morada”.

Por otro lado habría que analizar el tema de la autonomía municipal y hasta donde llega. La casa museo de Casares Quiroga está en un edificio del Ayuntamiento de A Coruña. Esto unido a que se exhibe una bandera plenamente legal me hace pensar en la poca prisa que tienen en otros temas como los nombres de las calles, monumentos o localidades que llevan el nombre de algún personaje perteneciente al franquismo, fascismo o nazismo. Sin ir más lejos pueblos de nuestra geografía como Guadiana del caudillo o Llanos del Caudillo, o nombres de colegios públicos como Juan Aguado en la localidad toledana de La Torre de Esteban Hambrán. En estos casos se manifiesta que es cuestión del Ayuntamiento y que hay que respetar la anteriormente citada “autonomía municipal”.

Es cierto que, hasta donde llegan mis conocimientos, el delito de apología del franquismo no está contemplado en nuestro ordenamiento jurídico. Y todo gracias a la acción del Partido Popular. En octubre de 2013, hace cuatro años ya, cuando el PP tenía mayoría absoluta (y absolutista) en el Congreso de Diputados, Convergencia i Unió propuso la tipificación como delito de la apología y el enaltecimiento del franquismo. El texto, consensuado con el PSOE, IU, UPyD y UPN, fue rechazado por la mayoría popular.

Estamos en Europa, pero hay temas, como el que nos ocupa, en que ciertos principios que rigen en otros países del llamado “nuestro entorno” no han entrado en esta sociedad. Algunos han denominado este hecho como “el franquismo sociológico”. Por ejemplo, en Alemania es ilegal mostrar símbolos nazis a no ser que se muestren en un contexto artístico o para criticar el Holocausto, con penas que van desde multas a tres años de prisión. Es ilegal incluso llevar una camiseta o una bandera con las iníciales de Hitler, H.H., o incluso con el número 88, que también es una referencia a este dictador: la H es la octava letra del alfabeto.

El señor Rajoy, que tan venerada tiene a la señora Merkel, podía tener unos ejercicios espirituales acompañado de toda la cúpula popular (encabezada por el impresentable señor Hernando) para que les dijera como funciona aquel país en esta materia. Claro que en el fuero interno bien saben todo lo referente a esta historia, si tienen dudas lo preguntan a sus deudos o a la fundación francisco franco.

Emilio Sales, responsable del Área de Memoria Democrática de IU CLM

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