sábado , 20 abril 2024
Fachada del Tribunal Superior de Justicia de Galicia

Condenan a una empresa a indemnizar con 6.251 euros y a readmitir a un trabajador que fue despedido por denunciar ante Inspección de Trabajo que le habían cambiado, sin su consentimiento su contrato ‘a tiempo completo’ por otro ‘a tiempo parcial’

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia, TSJG, ha declarado nulo el despido de un vigilante de seguridad que reclamó a su empresa Ilunion Seguridad SA que le restituyera su contrato inicial de ‘indefinido a tiempo completo’ que le había sido cambiado de forma unilateral y sin su consentimiento a ‘indefinido a tiempo parcial’.

Además, la empresa deberá indemnizar al trabajador con 6.251 euros y el pago de las costas judiciales, por importe de 550 euros, según han informado en un comunicado fuentes del sindicato Alternativa Sindical de Trabajadores de Seguridad Privada, ASTSP.

Los hechos se iniciaron cuando el vigilante denunció ante Inspección de Trabajo que había firmado un contrato indefinido a tiempo completo y de forma unilateral la empresa se lo redujo a tiempo parcial, “sin constancia del trabajador ni firma de este, ni causa justificada alguna que motive el cambio”.

La Inspección de Trabajo dio la razón al demandante, al informar que tras la actividad inspectora se había constatado que ‘la empresa había llevado a cabo la modificación de la jornada (reducción de un 50%) eludiendo los cauces del artículo 41 del Real Decreto 2/2015, por lo que procede requerirla en orden a la reintegración del trabajador afectado en su jornada anterior a dicha modificación’.

“En vez de ello, Ilunion Seguridad remitió́ al trabajador un burofax en el que le comunicaba su despido por causas objetivas de índole organizativa, al amparo del articulo 52.c) del ET”, han añadido estas fuentes.

Tras ello, el vigilante, con el apoyo de los servicios jurídicos de Alternativa Sindical demandó a la empresa ante el juzgado de lo Social de Santiago de Compostela, quien declaró nulo el despido y condenó a Ilunion Seguridad, fallo que ahora ha sido confirmado por el TSJG.

Así, Ilunion Seguridad deberá readmitir inmediatamente al trabajador represaliado en las mismas condiciones que tenía antes de ser despedido, abonarle todos los salarios dejados de percibir desde su salida efectiva de la empresa a razón de 46,13 euros diarios, y a indemnizarle con 6.251 euros por haber vulnerado su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva.

El tribunal también impone las costas a Ilunion Seguridad, con un máximo de 550 euros.

Fuentes de Alternativa Sindical han señalado que “no es la primera condena que conseguimos contra esta empresa pro violación de los derechos fundamentales de sus trabajadores, pero siguen insistiendo en ello, así que nosotros seguiremos recurriendo a los tribunales para restituir el derecho de nuestros afiliados a unas condiciones de trabajo dignas y sin presiones de la patronal”.

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