miércoles , 11 diciembre 2024
Infografía de 'Alovera Beach'

Ahora Alovera recurre la aprobación en pleno de la playa artificial de Alovera porque no se le facilitó información

El Grupo Municipal Ahora Alovera ha interpuesto un recurso contencioso administrativo, ante el juzgado de Guadalajara, para solicitar la nulidad del acuerdo de Alovera adoptado en el Pleno del 30 de octubre de 2017, sobre la solicitud de ocupación de bienes de dominio público para el parque de ocio, iniciativa privada solicitada por Rayet Medioambiente para la construcción de Alovera Beach.
 
La demanda interpone recurso contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento del 27 de noviembre de 2017, que desestimó el recurso de reposición que presentó Ahora Alovera, a pesar de que la aprobación de la petición de la ocupación de bienes de dominio público se adoptó sin que los grupos municipales hubiesen recibido la documentación técnica preceptiva, y con una modificación de la propuesta inicial sobre la que tampoco se informó debidamente.
 
El 30 de octubre de 2017, en el Pleno, la alcaldesa hizo referencia a nuevos informes del arquitecto municipal y del secretario, que no habían sido facilitados y, a continuación, se leyó una nueva propuesta de acuerdo, que sustituyó a la presentada originalmente, que fue aprobada con los votos favorables de Alternativa Alovera, PP y C’S, la abstención del PSOE y el voto en contra de Ahora Alovera. Por tanto, se impidió a los concejales estudiar el nuevo contenido y conocer qué es lo que se iba a debatir y votar.
 
Se aprobó el punto del Orden del Día relativo a la ocupación de bienes de dominio público para parque de ocio sin la documentación preceptiva, con la modificación de algunos documentos esenciales, falta de tiempo para su estudio y una modificación de la propia propuesta, lo que es contrario a los principios de participación y representación política.
 
La demanda entiende que se han infringido las siguientes normativas:  la Ley de  Bases de Régimen Local, el Reglamento de las Entidades Locales, la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno e, incluso, el artículo 9.2 de la Constitución Española.

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