martes , 8 julio 2025

Inspección de Trabajo requiere a Segurisa para que de forma inmediata pague a sus trabajadores las horas de formación realizadas fuera del horario laboral como horas extras y no ordinarias

La Inspección de Trabajo, organismo estatal dependiente del ministerio de Trabajo y Economía Social, ha requerido a la empresa de seguridad Segurisa Servicios Integrales de Seguridad para que de forma inmediata deje de pagar a sus trabajadores como jornada ordinaria las horas realizadas como formación fuera del horario laboral y se las abonen como horas extraordinarias.

Según han informado en un comunicado fuentes de Alternativa Sindical de Trabajadores de Seguridad Privada, ASTSP, fue este sindicato el que puso en conocimiento de Inspección de Trabajo que la delegación de Segurisa en Sevilla estaba incumpliendo el Convenio Colectivo del sector.

En concreto, el artículo 21 que establece que ‘cuando se efectúe la actividad formativa obligatoria, en cualquiera de sus modalidades, fuera de la jornada laboral se abonarán al trabajador las horas empleadas en ella a precio de hora extraordinaria‘.

Por este motivo, Inspección de Trabajo requirió a Segurisa para que le presentara toda la documentación relativa a esta denuncia y tras examinarla comprobó que la empresa sí estaba abonando a sus trabajadores estas horas de formación, pero que lo hacía dentro del cómputo de la jornada ordinaria, no como horas extraordinarias, como establece el convenio colectivo.

En el acta levantada al efecto, Inspección de Trabajo ha informado a Alternativa Sindical que ha requerido a Segurisa para que ‘de forma inmediata, continua y permanente, proceda a abonar a los trabajadroes las cantidades correspondientes a las horas de formación realizadas fuera de la jornada ordinaria en los términos establecidos en el artículo 21 del citado convenio (como horas extraordinarias)‘.

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