viernes , 13 diciembre 2024
Metro de Madrid

El TSJ de Madrid obliga a repetir el juicio que denegó medidas de protección a favor de los vigilantes de Metro de Madrid frente a las agresiones

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, TSJM, ha declarado nulo el juicio celebrado en el juzgado de lo Social número 21 de Madrid en fecha 2 de octubre de 2019, que había absuelto a la dirección de Metro Madrid y varias empresas subsidiarias de la pretensión del sindicato Alternativa Sindical “para que se hiciera entrega a todos los vigilantes de Metro de Madrid, guantes anti corte y chalecos anti-trauma y pinchazo de modo permanente frente al riesgo de agresiones físicas”.

Según han informado fuentes de Alternativa Sindical en un comunicado, en la sentencia de fecha 16 de octubre de 2019, la juez titular del juzgado de lo Social número 21 de Madrid denegó la capacidad del sindicato para demandar a dichas empresas por carecer de representatividad o implantación suficiente en algunas de esas empresas.

Por ese motivo, la juez rechazó todas las pruebas propuestas por Alternativa Sindical, incluidas las que pretendían demostrar que el sindicato sí ostentaba dicha representatividad y/o implantación y absolvió a dichas empresas sin entrar en el fondo del asunto.

Matro de Madrid. Imagen de la CAM

Sin embargo, en sentencia del TSJM de fecha 25 de mayo de 2020 y notificada ahora a las partes, el alto tribunal regional estima el recurso de suplicación interpuesto por Alternativa Sindical y declara la nulidad de las actuaciones llevadas a cabo por el juzgado de lo Social 21 de Madrid y ordena que se celebre un nuevo juicio y se practiquen las pruebas necesarias para acreditar la legitimación activa de dicho sindicato para poder formar parte del proceso.

Alternativa Sindical demandó a las empresas Metro Madrid, Transportes Blindados Trablisa SA, Ilunión Seguridad Sa, Segurisa Servicios Integrales de Seguridad y Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), -este último servicio público al estar la empresa demandada Ombuds Cia de Seguridad SA en administración concursal-, para que dotara a todos los vigilantes de seguridad de guantes anti corte y chalecos anti-trauma y pinchazo de modo permanente, y a que se pongan a su disposición los medios necesarios y equipos de protección individual (EPI)

Esta solicitud venía motivada, según estas fuentes, por al creciente número de agresiones físicas que de modo habitual sufren los trabajadores de vigilancia en los últimos años.

Metro de Madrid. Imagen de la CAM

Según ha señalado el letrado de Alternativa Sindical, Roberto Mangas Moreno, “la sentencia es una gran victoria para este sindicato, del que se beneficiarán todos los trabajadores de Metro Madrid y resto de empresas demandadas, que podrán contar de forma permanente, no solo puntual como ahora, de unas medidas de protección que salvaguardarán no solo su salud, sino, lo más importante, en algunos casos sus vidas”.

Mangas se ha mostrado satisfecho porque el TSJM le haya dado la razón frente al criterio del juzgado de lo Social, “ya que no admitir ninguna de las pruebas que propusimos en juicio era un más que evidente y flagrante ataque al derecho que todo ciudadano tiene a una justicia justa y eficaz”.

No obstante, este letrado sería partidario de que tanto Metro Madrid como el resto de empresas demandadas no esperaran al nuevo juicio para dotar a sus vigilantes de las medidas de protección básicas solicitadas de forma permanente, no solo en grandes eventos como ahora “porque el día a día ha demostrado que las agresiones ocurren en cualquier momento, no solo durante grandes concentraciones de gente”.

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