viernes , 19 abril 2024

El Ayuntamiento de Alovera pone en marcha diferentes bonificaciones de impuestos para los vecinos que hayan instalado placas solares o comprado vehículos híbridos, eléctricos o de biogás

El Ayuntamiento de Alovera ha aprobado diversas bonificaciones nuevas en sus tributos municipales relacionados con con el fin de apoyar a las familias del municipio, según han informado fuentes municipales en un comunicado.

Ahora, tras pasar el trámite de publicación en el Boletín Oficial Provincial y entrar en vigor la nueva normativa, los vecinos ya pueden solicitar estas bonificaciones que afectarían a los tributos del IBI y de IVTM en las próximos pagos.

En el caso de las placas solares está pensado para los ciudadanos que hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo y podrán beneficiarse de una bonificación del 50% en la cuota íntegra del impuesto en los dos ejercicios siguientes a la realización de la instalación y del 25% en el tercer y cuarto año.

En el caso de los vehículos eléctricos se dirige a los vecinos que hayan adquirido un vehículo eléctrico, híbrido, que utilicen biogás, etc. (en los términos del artículo 6.a de la ordenanza) y supondrá una bonificación del 75% de la cuota del impuesto, en los dos supuestos: que sean vehículos matriculados en 2022 y siguientes y se benefician de la reducción por 5 años desde la fecha de matriculación del vehículo.

La bonificación tiene efecto en el ejercicio siguiente a aquel en el que se solicite; o sean matriculados antes de 2021 (inclusive) y tienen 5 años de bonificación, de 2023 a 2027 incluido, y tienen que solicitarlo antes del 31 de diciembre de 2022.

En el caso de las placas solares se puede solicitar hasta el 31 de enero del ejercicio en el que se vaya a bonificar el impuesto, si bien han debido realizar la instalación antes del 31/12 del ejercicio anterior.

En el caso del vehículo eléctrico el plazo es hasta el 31 de diciembre.

Se puede presentar vía online desde la web municipal de https://alovera.sedelectronica.es/info.0  o la de oficina virtual tributaria de la Diputación de Guadalajara, aunque también existe la opción de presentación de forma presencial.

Si se realiza la presentación de forma presencial en el Ayuntamiento de Alovera es obligatorio presentar el DNI, que el trámite lo realice el sujeto pasivo del impuesto o que, quien acuda en su nombre, lo haga con una autorización firmada y con una fotocopia del DNI del sujeto pasivo.

Para la concesión de la bonificación es obligatorio que se encuentren al corriente de pago de los tributos municipales como única condición.

Para complementar la información se puede acudir al Ayuntamiento de Alovera, llamar al 949 275 260 (extensión 5) o contactar por mail a través de recaudacion@aytoalovera.es.

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