martes , 23 abril 2024
Cazador

La Junta declara en situación de Emergencia Cinegética en un total de 273 municipios de la región, 23 de ellos de la provincia de Guadalajara: se podrán cazar conejos en las zonas afectadas hasta el 8 de mayo de 2023

El pasado 18 de febrero, la Consejería de Desarrollo Sostenible de Castilla-La Mancha publicaba en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha una ampliación más de la declaración de Emergencia Cinegética Temporal por daños de conejo de monte a los cultivos agrícolas en una relación de 278 municipios.

La declaración estará en vigor hasta el 8 febrero de 2023, según han informado fuentes de Unión de Uniones de Agricultores y Ganaderos de Castilla La Mancha en un comunicado.

Imagen de una cepa de vid devorada por conejos

Se trata de una medida, que viene siendo adoptada en los últimos años, para permitir a los titulares de los cotos, cazadores y agricultores, de cara a realizar un control de las poblaciones que tanto perjuicio ocasionan a los cultivos con las roeduras y las madrigueras.

La declaración se enmarca en las excepciones que permite la Ley de Caza de Castilla-La Mancha, así como las limitaciones establecidas por la Ley de Conservación de la Naturaleza.

Unión de Uniones considera que, «dada la ineficacia de las medidas adoptadas hasta ahora y que el volumen de destrozos es cada vez mayor y en áreas más amplias, aquí debería entrar también en juego la Ley de Sanidad Vegetal para otorgar en estas zonas tratamiento de plaga».

Las medidas

Lo que permite la declaración de emergencia es la caza de conejos en aquellos municipios amparados por la misma, pero solo en las zonas concretas en donde se producen los daños (no en todo el término).

Concretamente, en terrenos cinegéticos las operaciones de control de daños se realizarán exclusivamente en cultivos afectados por daños por conejo, en su interior o en un área que ocupe una anchura no superior a 300 metros de estos o de 100 metros colindantes con las infraestructuras viarias y de cauces públicos dentro del coto de caza afectado.

En estos terrenos los métodos de captura permitidos son:

  • Captura mediante hurón y capillo o redes, sin perro, hasta el 8 de febrero de 2023.
  • Captura mediante hurón y escopeta, exclusivamente durante los siguientes periodos:
  • Desde la fecha de publicación al 30 de abril 2022, sin perro, en zonas de alta concentración de madrigueras.

Del 1 de junio al 15 de agosto de 2022. Autorizado el uso de perros a partir del 1 de agosto.
Durante el periodo hábil de caza del conejo, autorizándose el uso de perros.

  • Captura con escopeta, del 1 de junio al 15 de agosto de 2022, autorizándose el uso de perros a partir del 1 de agosto.

Si se trata de terrenos no cinegéticos, como vías de uso público, vías férreas y dominio público hidráulico), las operaciones de control de daños se realizarán exclusivamente en su interior, que son las zonas donde habitan los conejos, y siempre con la autorización expresa de la Administración propietaria del dominio público. Además, en este caso sólo se permite la captura mediante hurón y capillo o redes sin perro.

Conejo de campo

Además, de lo anterior, hay que procurar no provocar perjuicios a otras especies silvestres, ni tampoco al conejo más allá del control necesario de su población.

Normalmente es obligado dar muerte a los ejemplares capturados, aunque si se quieren cazar para vida hay que pedir una autorización especial a la Delegación de Desarrollo Sostenible de la provincia correspondiente.

Máximo de cuatro personas por control. 

Comunicaciones

El control se autorizará de oficio, siempre que se haya comunicado a la Delegación de Desarrollo Sostenible de la provincia al menos 24 horas antes de su inicio y tendrá una duración de 2 meses para su ejecución. A partir de la finalización del control, y si las circunstancias persisten, habría que notificar de nuevo.

Las comunicaciones se pueden hacer presencialmente a través de los registros de la Delegación o bien de forma telemática a través de la plataforma habilitada por la Junta de Comunidades.

La lista de Municipios

En cuanto a los pueblos en donde se pueden aplicar estas medidas, desaparecen de la lista de comarca de emergencia cinegética los siguientes:

Albacete: Casas de Lázaro, El Bonillo, Peñas de San Pedro, Pozuelo, San Pedro, y Viveros

Guadalajara: Horche, Yebes,

Imagen de un conejo en el interior de un rastrojo

Ciudad Real: Bolaños de Calatrava, Granátula de Calatrava, Miguelturra, Poblete, San Carlos del Valle.

Cuenca: Alcazar del Rey, Buenache de Alarcón, Gabaldón, Olmedilla de Alarcón, Puebla de Almenara, Saelices

Toledo: Chozas de Canales, Polán,

Los municipios que aparecen como novedad en la comarca de emergencia cinegética frente a 2021 son:

Ciudad Real: Fernancaballero

Toledo: Guadamur, Manzaneque, Sonseca,

La lista completa de municipios de la comarca de emergencia cinegética es la siguiente:

Guadalajara: Albares, Almoguera, Alovera, Azuqueca de Henares, Cabanillas del Campo, Chiloeches, Driebes, Fontanar, Guadalajara, Illana (incluido despoblado de Aldovera), Marchamalo, Mazuecos, Mohernando, Mondéjar, Pozo de Almoguera, Pozo de Guadalajara, Quer, Torrejón del Rey, Tórtola de Henares, Valdeaveruelo, Villanueva de la Torre, Yebra y Yunquera de Henares.

Cazador

Albacete: Abengibre, Albacete, Alborea, Almansa, Alpera, Balazote, Barrax, Bonete, Casas de Juan Núñez, Casas-Ibañez, Caudete, Cenizate, Chinchilla de Monte-Aragón, Corral-Rubio, Fuensanta, Fuente-Álamo, Fuentealbilla, Golosalvo, Hellín, Higueruela, Hoya-Gonzalo, Jorquera, La Gineta, La Herrera, Lezuza, Madrigueras, Mahora, Minaya, Montalvos, Montealegre del Castillo, Motilleja, Munera, Navas de Jorquera, Ontur, Ossa de Montiel, Pétrola, Pozo Cañada, Pozohondo, Pozo-Lorente, Roda (la), Rarazona de la Mancha, Tobarra, Valdeganga, Villalgordo del Júcar, Villamalea, Villarrobledo, y Villavaliente.

Ciudad Real: Alcazar de San Juan, Alhambra, Almagro, Arenales de San Gregorio, Arenas de San Juan, Argamasilla de Alba, Campo de Criptana, Carrión de Calatrava, Ciudad Real, Daimiel, Herencia, La Solana, Las Labores, Llanos del Caudillo, Manzanares, Membrilla, Pedro Muñoz, Pozuelo de Calatrava, Puerto Lápice, Socuellamos, Tomelloso, Torralba de Calatrava, Valdepeñas, Villarrubia delos Ojos y Villarta de San Juan.

Cuenca: Alarcón, Alconchel de La Estrella, Almendros, Almonacid del Marquesado, Atalaya del Cañavate, Barajas de Melo, Belinchón, Belmonte, Cañada Juncosa, Campillo de Altobuey, Carrascosa De Haro, Casas de Benítez, Casas de Fernando Alonso, Casas de Guijarro, Casas de Haro, Casas de los Pinos, Casasimarro, Castillejo de Iniesta, Castillo de Garcimuñoz, El Acebrón, El Cañavate, El Herrumblar, El Hito, El Pedernoso, El Peral, El Picazo, El Provencio, Fuente de Pedro Naharro, Fuentelespino de Haro, Graja de Iniesta, Honrubia, Hontanaya, Hontecillas, Horcajo de Santiago, Huelves, Iniesta, La Alberca de Záncara, La Almarcha, Las Mesas, Las Pedroñeras, Ledaña, Leganiel, Los Hinojosos, Minglanilla, Monreal del Llano, Montalbanejo, Montalbo, Mota del Cuervo, Motilla del Palancar, Osa de la Vega, Pinarejo, Pozoamargo, Pozorrubielos de la Mancha, Pozorrubio de Santiago, Quintanar del Rey, Rada de Haro, San Clemente, Santa Maria de los Llanos, Santa Maria del Campo Rus, Sisante, Tarancón, Tébar, Torrubia del Campo, Torrubia del Castillo, Tresjuncos, Tribaldos, Uclés, Valhermoso de la Fuente, Valverde del Júcar, Vara de Rey, Villaescusa de Haro, Villagarcía del Llano, Villalgordo del Marquesado, Villalpardo, Villamayor de Santiago, Villanueva de la Jara, Villar de Cañas, Villar de la Encina, Villarejo de Fuentes, Villarrubio, Villarta y Zarza de Tajo.

Toledo: Ajofrín, Alameda de la Sagra, Albarreal del Tajo, Alcabón, Almonacid de Toledo, Añover de Tajo, Arcicollar, Barcience, Bargas, Borox, Burguillos de Toledo, Burujón, Cabañas de la Sagra, Cabañas de Yepes, Cabezamesada, Camarena, Camarenilla, Camuñas, Carmena, Casarrubios del Monte, Cedillo del Condado, Chueca, Ciruelos, Cobeja, Cobisa, Consuegra, Corral de Almaguer, Dosbarrios, El Romeral, El Toboso, El Viso de San Juan, Escalonilla, Esquivias, Fuensalida, Gerindote, Huecas, Huerta de Valdecarabanos, Illescas, La Guardia, La Puebla de Almoradiel, La Puebla de Montalbán, La Villa de Don Fadrique, Las Ventas de Retamosa, Lominchar, Lillo, Madridejos, Magan, Maqueda, Mascaraque, Méntrida, Miguel Esteban, Mocejón, Mora, Nambroca, Noblejas, Novés, Numancia de la Sagra, Ocaña, Olías del Rey, Ontígola, Orgaz, Palomeque, Pantoja, Portillo de Toledo, Quero, Quintanar de la Orden, Quismondo, Recas, Rielves, Santa Cruz de la Zarza, Santa Olalla, Santo Domingo-Caudilla, Seseña, Tembleque, Toledo, Torre de Esteban Hambran, Torrijos, Turleque, Ugena, Valmojado, Villacañas, Villafranca de los Caballeros, Villaluenga de la Sagra, Villamiel de Toledo, Villaminaya, Villamuelas, Villanueva de Alcardete, Villanueva de Bogas, Villarrubia de Santiago, Villaseca de la Sagra, Villasequilla, Villatobas, Yeles, Yepes, Yuncler, Yunclillos y Yuncos.

Acerca de El Heraldo del Henares

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