miércoles , 15 mayo 2024
Iván Sánchez

Vox recurre la asignación de sueldo municipal que el alcalde del PSOE de Pioz ha puesto a dos concejales tránsfugas: ‘Lo prohíbe la ley, tal como informó por escrito la secretaria-interventora’

El presidente de Vox Guadalajara, Iván Sánchez ha anunciado hoy que el grupo municipal de su partido en Pioz ha presentado un recurso de reposición ante el Ayuntamiento de este municipio contra la decisión del equipo de Gobierno del PSOE de dotar de cargos y sueldos a dos concejales tránsfugas.

Según ha informado Sánchez, dos de los tres concejales que obtuvo Vox en las pasadas elecciones municipales decidieron “aceptar la oferta del PSOE para dejar el partido a cambio de un sueldo público”, algo expresamente prohibido por el pacto nacional contra el transfuguismo.

En un pleno extraordinario convocado el pasado el 20 de diciembre se aprobaron los sueldos de 39.204,45 euros para Carlos Torre y de 26.136,30 para Antonino Delgado.

“Aprovecharon una sesión de quimioterapia de uno de nuestros tres concejales para convocar un pleno urgente intentando conseguir que no asistiera, como así fue, para poder tener un empate a seis votos que resolvió el voto de calidad del alcalde socialista, Manuel López Carvajal”, ha explicado Sánchez.

Ediles electos de Vox Pioz el pasado mes de julio. De izquiera a derecha en la imagen: Carlos Torre, José Miguel Malpartida y Antonino Delgado

El líder de Vox en Guadalajara ha asegurado que “esta votación tuvo el único objetivo de repartirse los sueldos del erario público entre los concejales tránsfugas de Vox y el PSOE como si fuera un cortijo el Ayuntamiento de Pioz y desatendieron las instrucciones de la secretaria interventora de este Ayuntamiento, que les daba informes negativos en los que les aseguraba que estaban cometiendo un fraude de ley”.

El recurso presentado por VOX se basa en el artículo. 73.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local que dice que “los derechos económicos y políticos de los miembros no adscritos no podrán ser superiores a los que les hubiesen correspondido de permanecer en el grupo de procedencia, y se ejercerán en la forma que determine el reglamento orgánico de cada corporación”.

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